A raíz de la incertidumbre económica y política los gremios prefieren realizar acuerdos que solo abarcan tres o cuatro meses, aunque si se compara el monto acordado con los datos inflacionarios siguen siendo pobres.
Fecha: 07/03/2025
Desde hace aproximadamente un año los diferentes gremios junto a las patronales, vienen acordando aumentos que suelen abarcar entre tres o cuatro meses, los mismos se llevan adelante a través de acuerdos, sin tener la profundidad que habitualmente poseen las paritarias que se acuerdan anualmente, ahora bien.
La respuesta claramente es NO y le argumentamos porque:
Solo a modo de ejemplo tomemos el caso de los trabajadores comprendidos bajo el CCT de Comercio, el mas numeroso y sobre el cual, los otros gremios suelen tomar de caso testigo para determinar su propia paritaria. Este gremio acordó un aumento por tres meses de 1,7% en Febrero, Marzo y Abril respectivamente, pero cada uno de estos aumentos no es acumulativo, lo que significa que cada suma correspondiente a dichos aumentos no se adiciona al porcentaje del aumento anterior de este acuerdo, sino al salario de enero, resultando un aumento total en estos tres meses de 5,1%. Por lo que si lo comparamos con el Indice de Precios al Consumidor, que según el INDEC en enero fue de 2,2% y lo proyectamos a tres meses, nos daría como resultado una inflación de 6,6%. Hay que tomar en cuenta que el IPC solo toma en consideración el aumento de algunos productos y servicios, decididos arbitrariamente por el gobierno de turno y que la inflación real suele ser mayor, pero aunque demos por sentado que esta inflación es la real, en solo tres meses el aumento de salario igualmente estaría perdiendo 1,5% con respecto a la inflación.
Sin dudas que los primeros que deberían defender al trabajador de este atropello son los gremios, los cuales no demuestran el mismo énfasis en negociar dependiendo la época y coincidiendo con políticas regresivas de los gobiernos de turno, los cuales como ocurre últimamente, se niegan a través del ministerio de trabajo, a homologar paritarias que ellos consideran excesivas, a pesar que claramente están por debajo del Indice de Precios al Consumidor.
Por otro lado el trabajador también puede demandar parte de este perjuicio, ya que los montos otorgados en estos acuerdos se suelen encuadrar como sumas no remunerativas, lo que la CSJN ya las ha considerado improcedentes, pero por una cuestión obvia los trabajadores recién reclaman este perjuicio una vez finalizado el vinculo laboral. Por lo pronto veremos como continua esta situación y que ocurrirá si como anuncian los economistas, se da un salto devaluatorio cercano a la elecciones, con su correspondiente salto inflacionario.